Una Institución autónoma, con personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio, denominada como Defensoría del Pueblo, velará por el respeto de los derechos e intereses de las personas como consecuencia de actos u omisiones del Estado, mediante cualesquiera de sus organismos, como también de personas naturales, jurídicas de derecho privado que tengan alguna concesión del Estado, que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública en relación con la satisfacción de sus necesidades públicas, no obstante la facultad de otros organismos del estado, también, velará por los derechos y garantías contempladas en la Constitución y tratados internacionales suscritos por Chile vigentes, difundiéndolos y promoviéndolos, asumiendo la defensa de las personas y en aquellos casos que tengan impacto colectivo o involucren a una pluralidad de individuos o interés difuso