Las medidas adoptadas por la demandada consistentes en haber entregado el documento procedimiento de trabajo seguro, impartido una charla de capacitación, y proporcionar algunos elementos de seguridad personal, no resultaron ser suficientes para asegurar eficazmente la integridad física del trabajador demandante, en razón de que omitió controlar que el empleado utilizara dichos implementos y que pudiera efectivamente cumplir el procedimiento de trabajo seguro, puesto que ese día el administrador de planta y jefe directo del demandante se encontraba ausente, con permiso, sin que conste la designación de otra persona en su reemplazo, nombramiento que no solo era necesario para el cumplimiento del deber de cuidado que le asistía, sino que resultaba obligatorio al tenor del documento procedimiento de trabajo seguro, conforme al cual el trabajador que detecte condiciones de riesgo debía informar de ello a su jefe directo, cosa que el trabajador se vio impedido de hacer.