La ley otorga a sus usuarios mayor cantidad de actuaciones mediante nuevos formularios que se encontrarán en el sitio electrónico, reduciendo el tiempo empleado y los costos de dichos trámites.
Los nuevos formularios permitirán otorgar poderes a representantes de la sociedad y la posibilidad de efectuar una suscripción de acciones o una compraventa.
Por otra parte, incorpora la posibilidad de omitir el cumplimiento de ciertas formalidades notariales establecidas en la legislación vigente, en lo que se refiere a la celebración de juntas de accionistas, siempre que la unanimidad de estos concurra a la firma del formulario respectivo.
Igualmente, se amplía la forma en que los constituyentes, socios o accionistas, pueden comparecer representados a la firma de los formularios. Para ello, incluye otro tipo de instrumentos, adicionales a la escritura pública, para el otorgamiento de los correspondientes poderes.
En ese sentido, se refuerza la posibilidad de que los socios o accionistas puedan designar a un mismo apoderado para que los represente a todos en la firma de un formulario.
El Ministerio de Economía tendrá el plazo de un año para redactar el reglamento que modifica la Ley 20.256. Su aplicación será desde el sexto mes de publicado su decreto en el Diario Oficial.